viernes, 24 de febrero de 2012

Canon y Acreditación

La ley 29812 "Ley del Presupuesto para el Sector Público para el año fiscal 2012" en su trigésimo novena disposición complementaria final, indica:

"Las Universidad Públicas, Institutos Tecnológicos y Pedadagógicos, comprendidos en las leyes 23630 y 23871 y su modificatoria Ley 27763, durante el año 2012, podrán destinar hasta un 20% de sus recursos por concepto de canon y sobrecanon y regalías mineras, para el financiamiento y cofinanciamiento de actividades relacionadas con el proceso de acreditación superior universitaria y no universitaria, según corresponda, para cuyo efecto quedan autorizados a realizar las modificaciones en el nivel funcional progamático que resulten necesarias."

La ley 28077 modifica el artículo 6 de la ley 27506 (Ley de Canon) que dice:

"Los recursos que los gobiernos regionales y gobiernos locales reciban por concepto de canon serán utilizados exclusivamente para el financiamiento o cofinanciamiento del proyectos u obras de infraestructura de impacto regional y local, respectivamente, a cuyo efecto establecen una cuenta destinada a esta finalidad. Los gobiernos regionales entregarán el 20% (veinte por ciento) del total percibido por canon a las universidades públicas de su circunscripción, destinado exclusivamente a la inversión en investigación científica y tecnológica que potencien el desarrollo regional. El canon petrolero mantiene las condiciones actuales de su ejecución."

En el siguiente gráfico se aprecia la distribución de canon y el porcentaje que corresponde a las universidades e institutos públicos (tener en cuenta que el porcentaje destinado se repartirá equitativamente entre todas las instituciones educativas de la región)


(click en la imagen para ampliar)

La "inyección" de dinero a las universidades para desarrollar investigación fue una buena medida del Estado, pero el principal problema para que la obtención de los resultados esperados fue -y es- las carencias de corte profesional (docentes que no son investigadores) de infraestructura (laboratorios, instrumentos, insumos, etc.) y, sobre todo, de gestión (por incompetencia técnica en casi todos los casos y por falta de voluntad, en otros)

Por este hecho y muchos otros es que el Estado -por pedido de las universidades- ha convenido otorgar parte de ese dinero para actividades que tengan que ver con la mejora de la calidad universitaria, como primer paso para garantizar los resultados del impulso a la investigación con fines de desarrollo.

Lo que resulta lógico puesto que, si el Estado exige a las universidades públicas a evaluarse para medir su nivel de calidad e ir mejorando, éstas necesitaban los recursos que posibiliten tales acciones: implementar sus procesos de autoevaluación y ejecutar las mejoras pertinentes.

Quienes prestamos especial atención a la situación de las universidades en el país no podemos adoptar una posición punitiva o intransigente (como afirmar que el dinero destinado a mejorar la calidad de las universidades será malgastado y que los problemas de gestión actuales no tendrán solución sin medidas intervencionistas) al contrario, debemos apoyar las iniciativas de mejora y colaborar en la capacitación de agentes de cambio. La mejora del sistema universitario tiene que ser gradual y sostenida.

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